¿QUÉ TIPOS DE ACOGIMIENTOS EXISTEN?
Colaboraciones: acogida de fines de semana y períodos vacacionales hasta la propuesta de una medida más estable.
Acogimiento familiar simple: tendrá carácter transitorio a la espera de la reinserción del menor en su familia de origen o de una medida de protección más estable. Este período será de una duración aproximada de 6 meses a 1 año.
Acogimiento familiar permanente: se constituirá cuando el retorno del menor a su familia de origen es poco probable, permaneciendo con los acogedores de manera ininterrumpida hasta su independencia o la adopción de una medida más adecuada.
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